Nueva ficha limpia

Pedófilos, fuera: la DGE apura el registro de antecedentes de docentes para el inicio de clases

La DGE ya pide antecedentes a todos los docentes suplentes. La necesidad del registro, la articulación con la Justicia y el gris con los titulares

El caso del docente de matemáticas denunciado por toquetón en la escuela pública 1-482 Tomás Alva Edison, de Guaymallén, encendió las alarmas en toda la comunidad educativa. Cómo podía ser que una persona condenada por abuso sexual estuviese frente a un aula. Cómo podía ser que sus antecedentes penales no hubiesen saltado en ningún momento. Cómo podía ser que un pedófilo conviviera entre nuestros niños sin que nadie lo supiera.

Todas esas preguntas sin respuesta son las que generaron que la Legislatura, a propuesta del Poder Ejecutivo, sancionara a fines del año pasado el proyecto de ficha limpia docente; agravando las sanciones para docentes abusadores -y otras cosas-; mejorando los controles y la articulación con la Justicia para conocer denuncias y condenas que involucren a personal educativo; y prohibiendo que condenados por delitos de abuso sexual -entre otros- puedan ingresar al sistema.

También, en diciembre, la DGE exigió la presentación del certificado de buena conducta a todos docentes suplentes en actividad y llamó a los directivos, mediante la resolución 6105/24, a sacar de las aulas a cualquiera que tuviese antecedentes penales por causas de delitos contra la integridad sexual.

El objetivo era y es claro: un ciclo lectivo 2025 sin abusadores en las escuelas.

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Los casos de abuso sexual de docentes a alumnos encendieron la alarma en la DGE en 2024.

Los casos de abuso sexual de docentes a alumnos encendieron la alarma en la DGE en 2024.

Para eso, los primeros pasos ya fueron dados, y hasta hubo suplentes dados de baja por no presentar certificado de antecedentes.

Lo que resta, tras la promulgación de la ley de ficha limpia, es la puesta en marcha de un registro que permitirá tener a mano cualquier tipo de sanción que se haya decidido sobre un docente -titular o suplente- un celador o un administrativo.

Estas modificaciones al viejo estatuto docente vinieron a completar la exigencia del certificado de antecedentes que ya se le pedía a un maestro para acceder a la titularidad de un cargo.

Pero aún queda un cabo suelto difícil de salvar...

¿Qué pasaría si se conoce que un docente titular -que necesariamente presentó "ficha limpia" para acceder a su cargo- cometió años después uno de los delitos que ahora enumera la ley?

La respuesta es la que manda la Constitución pero quizás no es la que a un papá o a una mamá le gustaría escuchar.

"Hoy tenemos otro tipo de acercamiento con la Justicia. Por ejemplo, a fines del año pasado notificaron a la DGE por oficio el caso de un abuso reciente e inmediatamente empezamos el sumario administrativo; pero hay que tener en cuenta -respecto de casos pasados- que todas las leyes rigen hacia adelante y no podremos afectar derechos hacia atrás", graficó Daniela García, jefa de Gabinete del Ministerio de Educación y DGE.

La DGE afina el registro de inhabilidades para docentes

La nueva ley, sancionada a fines del año pasado y promulgada en enero, establece la creación del RUSSI, el registro único de sumarios, sanciones e inhabilitaciones para docentes y celadores, titulares y suplentes, y personal administrativo.

Hasta ahora, el estatuto docente preveía dos sanciones máximas para finalizar los sumarios: la cesantía y la exoneración. Desde la Junta docente explicaron que la primera de ellas consiste en que el trabajador debe dejar el cargo y queda inhabilitado por tres años; mientras que con la segunda, la imposibilidad de volver a la docencia es de 10 años.

“Ahora, la norma agravó las sanciones y agregó la exoneración con inhabilitación perpetua si el sumario se inició porque la persona fue condenada por delitos contra la integridad sexual, supresión y suposición del estado civil y de la identidad, y contra la libertad individual”, dijeron.

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Un docente condenado por delitos contra la integridad sexual, supresión y suposición del estado civil y de la identidad, y contra la libertad individual no podrá estar frente al aula nunca más.

Un docente condenado por delitos contra la integridad sexual, supresión y suposición del estado civil y de la identidad, y contra la libertad individual no podrá estar frente al aula nunca más.

En esos casos, según dice la ley, la prohibición rige incluso para quienes tengan condena de cumplimiento en suspenso y en primera instancia.

“Lo que permitirá el registro es que si una persona está inhabilitada, directamente no se pueda generar el cargo. Desde la DGE estamos trabajando en él. Ya está avanzado pero requiere programación y eso lleva su tiempo”, contó García, desde la Jefatura de Gabinete del Ministerio de Educación.

El propio Tadeo García Zalazar adelantó que la intención es presentarlo formalmente a fines de febrero, lo que coincide con el inicio del ciclo lectivo 2025.

"El registro puede ser bueno", reconocieron a Diario UNO desde la Junta docente.

En la práctica, la clave pasará por la articulación entre el Poder Judicial y la DGE. Desde el Ejecutivo creen que la relación hoy es otra y muestra de ello fue el caso de la notificación que se dio en diciembre. Para que el registro funcione y se pueda avanzar con los sumarios en caso de abuso será necesario el cruzamiento de datos. Si no, cualquiera podría estar condenado y en silencio seguir ejerciendo.

¿Y qué pasa en el mientras tanto? ¿En caso de que exista un proceso judicial por abuso pero aún no se llegue a la sentencia judicial? La exoneración con inhabilitación, sumario mediante, solo se puede dictar si ya existió una condena, por lo que, antes de ello, si la situación salta a la luz, solo se podrán tomar medidas preventivas como apartar al docente o celador del contacto con los alumnos.

Sin pedófilos ni abusadores entre docentes suplentes

Además de la nueva ley, la resolución que dictó la DGE el 26 de noviembre llegó para llenar blancos en el sistema. Hugo Oyola Amaya, el suplente que con condena por abuso logró estar de nuevo frente a las aulas para manosear a las alumnas, llegó al puesto al presentarse en el “cuarto llamado”, ese que se da después de que fracasan los tres primeros y que, ante el apuro, solo se pedía una carpeta de antecedentes.

Ahora, para acceder a una suplencia –o titularidad, claro-, en cualquier caso será obligatorio presentar el certificado de antecedentes penales, aun cuando se trate de una de corta duración y de aplicación inmediata. Si no se presenta, se desestima la postulación. Así de corta.

De hecho, Daniela García de la DGE confió a Diario UNO que desde aquella resolución se dieron de baja “varias suplencias” por falta de presentación del certificado.

La nueva norma establece además que si efectivamente aparecen antecedentes, la toma efectiva de la suplencia quedará suspendida por 48 horas, hasta tanto se constate si esos delitos cometidos son o no contra la integridad sexual.

Ahora bien, ese plazo de gracia para chequear no se dará si la suplencia es de menos de una semana. En esos casos, el docente sí o sí deberá contar con su “ficha limpia”.