Empleados públicos

La Suprema Corte ratificó el despido de OSEP de un delegado gremial por 15 faltas injustificadas

En el 2024, OSEP dejó cesante a 6 empleados más, además de Alejandro Tomás Campillay, por distintos motivos

Por UNO

Desde la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) dieron a conocer este viernes un fallo de la Suprema Corte de Justicia que ratificó el despido de un delegado gremial de la institución por 23 inasistencias, de las cuales 15 fueron injustificadas, según el comunicado.

En el 2023, la Corte local había sacado un fallo al revés. Le había ordenado a la OSEP la reincorporación de un arquitecto que trabajaba como jefe del Departamento de Obras y que había sido cesanteado en el 2020 tras iniciarle un sumario por presuntas faltas injustificadas a días del cambio de Gobierno de Francisco Pérez a Alfredo Cornejo.

En el caso del gremialista, la Suprema Corte dictaminó la sentencia que excluyó la tutela sindical de Alejandro Tomás Campillay, un trabajador del área de Mantenimiento de OSEP, y permitió que quedara cesante por irregularidades detectadas en la actual gestión a cargo de Carlos Funes.

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La sede central de OSEP ubicada en calle Vicente Zapata de Ciudad.

La sede central de OSEP ubicada en calle Vicente Zapata de Ciudad.

En el 2024, OSEP dejó cesante a 6 empleados más, además de Campillay, por distintos motivos.

El caso del ex empleado y dirigente gremial de OSEP

La causa se formalizó a través de una resolución del directorio de la obra social, mediante la Resolución N° 0836, después de un sumario administrativo que concluyó con pruebas contundentes sobre la conducta del ex empleado y dirigente gremial, expresaron por medio de un comunicado.

En el proceso disciplinario se detalló que Campillay acumuló un total de 23 inasistencias, de las cuales 15 no fueron justificadas. También, se registraron tres incumplimientos al procedimiento interno de registro de ausencias y cinco faltas justificadas presentadas fuera de tiempo y forma, precisaron desde OSEP.

Como consecuencia se resolvió aplicar la sanción máxima de cesantía al trabajador estatal teniendo en cuenta las normativas vigentes, entre ellas el decreto ley 560/73 y la Ley 9.103/18, que regulan el régimen laboral de los empleados públicos.

"La resolución marca un precedente en el marco de las acciones de control y disciplina adoptadas por la institución para asegurar el correcto desempeño de sus empleados y el cumplimiento de sus responsabilidades laborales", destacaron.

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