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En concreto, se llama "omisión de cuidado". El artículo dispone la sanción de multa o trabajo comunitario ya que "se presumirá falta de vigilancia o cuidado de los padres o representantes legales de los menores de edad que ingresaren, concurrieren o permanecieren en un local o evento cuyo acceso les esté prohibido en los términos de la legislación vigente".
La multa en concreto para quien descuide a sus hijos es de 2 mil a 4 mil Unidad Fiscales (UF). Teniendo en cuenta que cada Unidad Fiscal se actualizará en un valor de 420 pesos a partir del 2025, el valor total va desde $840.000 hasta $1.680.000. Además, el Código Contravencional dispone que también se pueden aplicar trabajo comunitario vinculado con la diversión nocturna de los jóvenes en un plazo de 20 a 40 días.