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Si la fiesta es organizada en un salón pero no tiene acceso al público en general, se considera un evento privado y SADAIC no puede cobrar derechos de autor por la música.
Cómo es el cambio que el Ejecutivo decretó y que afectó a SADAIC
El decreto 765/2024 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), dio cuenta de que en los eventos en salones de fiestas que sean organizados por privados, no corresponde cobrar ningún tipo de arancel por reproducir música.
Oportunamente, Thomas destacó que con respecto a esta disposición se trabajó en conjunto entre el Gobierno de Mendoza, Defensa del Consumidor y otras asociaciones, y este trabajo dio sus frutos: SADAIC tuvo que devolver el cobro que realizó el fin de semana pasado en un evento privado.
“Ante el planteo en Defensa del Consumidor tomaron la decisión de devolver más de $600.000 que se habían cobrado de aranceles a los organizadores de ese evento. Con este accionar se está reconociendo lo incorrecto del cobro de aranceles”, sostuvo el diputado mendocino.
También manifestó que esta devolución de aranceles sienta jurisprudencia a nivel nacional.
El legislador reiteró que aquellos cobros que se hicieron después de agosto del 2024 no corresponden y se tienen que devolver.