En el año 2013 se promulgó la ley del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares donde quedó establecido el Día del Personal de Casas particulares o, conocido más popularmente, como el Día de la Empleada Doméstica.

La Ley 26.844 establece las tareas que se consideran trabajo en casas particulares, los derechos de los trabajadores, y las causales de extinción del contrato de trabajo.

Las tareas que se consideran trabajo en casas particulares son:

  • Limpieza, mantenimiento, lavado, planchado, cocina, jardinería
  • Asistencia personal
  • Acompañamiento
  • Cuidados no terapéuticos de personas enfermas o con discapacidad
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Día de la Empleada Doméstica: cuándo es y cómo se paga la jornada

A través de la Resolución N° 3/2015, se fijó el 3 de abril de cada año como Día del Personal de Casas Particulares o Día de la Empleada Doméstica.

En este 2025, dicha jornada cae jueves y es considerado un día no laborable, sin pérdida de la remuneración. En caso de prestar tareas en dicho día festivo, su remuneración se incrementa con un recargo equivalente al 100% del salario diario.

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Es decir, aquellos trabajadores o trabajadores que presten servicios el jueves 3 de abril (Día de la Empleada Doméstica) deberán percibir su remuneración íntegra -es decir, lo que cobran habitualmente-, con un extra equivalente al 100%.

La normativa aplica solamente a quienes presten tareas específicas en domicilios y no a los trabajadores de cualquier otro rubro externo.

Estos son los montos para las empleadas domésticas en abril

En abril 2025, empleadas domésticas cobrarán los siguientes montos:

Empleados que realizan tareas generales:

  • Con retiro: $ 2.863 por hora y $ 351.233 mensual
  • Sin retiro: $ 3.089 por hora y $ 390.567 mensual

Asistencia y cuidado de personas:

  • Con retiro: $ 3.089 por hora y $ 390.567 mensual
  • Sin retiro: $ 3.454 por hora y $ 435.246 mensual

Caseros (no existe modalidad con retiro para este puesto):

  • $ 3.089 por hora
  • $ 390.567 mensual

Tareas específicas:

  • Con retiro: $ 3.270 por hora y $ 400.310 mensual
  • Sin retiro: $ 3.585 por hora y $ 445.613 mensual

Supervisor/a:

  • Con retiro: $ 3.454 por hora y $ 430.878 mensual
  • Sin retiro: $ 3.783 por hora y $ 479.950 mensual