Mirada mendocina

¿ChatGPT puso en jaque la propiedad intelectual? El estilo Ghibli, los desafíos de la IA y los vacíos legales

Las imágenes con estilo Ghibli creadas con ChatGPT coparon las redes sociales y abrieron un debate: ¿están en crisis los derechos de autor?

"Lo de Studio Ghibli está fuera de control". Las millones y millones de imágenes creadas con ChatGPT, reproduciendo el estilo de animación japonesa creado por Hayao Miyazaki, pusieron sobre la mesa un debate de fondo: ¿la propiedad intelectual está en crisis? ¿Hasta dónde puede llegar la IA? ¿Quedó antigua la protección legal de los derechos de autor?

Diario UNO escuchó a especialistas como el juez de la Suprema Corte de Mendoza Mario Adaro, magíster en Derecho Digital y Nuevas Tecnologías; el divulgador científico Esteban Tablón y el abogado Valentín Páez, socio de Impulse, consultora en Propiedad Intelectual.

"Ni ChatGPT ni la Inteligencia Artificial en general se pueden frenar en este momento", planteó Tablón en diálogo con Nihuil. "Creadores y artistas están exhortando a que no lo usemos pero eso no va a funcionar", agrega. ¿Y entonces qué? ¿Qué herramientas tienen para defender sus obras?

"Es un insulto a la vida misma", despotricó alguna vez Miyazaki contra las imágenes creadas con IA. Su estudio, considerado por la crítica especializada como uno de los mejores del mundo, trabaja de modo artesanal: "Hay escenas que demoran un mes en producirse. Hoy, con ChatGPT y una simple fotografía, el estilo Ghibli puede replicarse en segundos", repara el divulgador científico.

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Mi vecino Totoro es una de las películas de animación japonesa dirigida por Studio Ghibli, autor del estilo que reproduce fácilmente ChatGPT.

Mi vecino Totoro es una de las películas de animación japonesa dirigida por Studio Ghibli, autor del estilo que reproduce fácilmente ChatGPT.

¿Están protegidos los estilos artísticos por derechos de autor?

La discusión es compleja. En principio, los estilos no están protegidos por derechos de autor por más que, como el de Ghibli, sean inconfundibles.

"La propiedad intelecual cruje", dice Adaro. "Es una etapa de transición en la que las legislaciones y la comunidad jurídica internacional analizan posibles respuestas", opina Páez.

Qué cubren los derechos de autor hoy y hasta dónde puede avanzar ChatGPT

El abogado Valentín Páez, magíster en Propiedad Intelectual, asesoró a Diario UNO para esta nota. El derecho de autor en Argentina, contó, protege toda creación intelectual original en el ámbito literario, artístico o científico que sea susceptible de ser expresada y difundida.

Pero esa protección no alcanza ideas en abstracto, sino su expresión original y concreta, ya sea en forma escrita, visual, sonora, audiovisual o digital. Esas definiciones, vigentes en nuestro país, también son reconocidas a nivel internacional.

"En materia de derecho de autor se ha alcanzado un alto grado de armonización a través de tratados multilaterales", expresa Páez.

Entonces, ¿la reproducción del estilo Ghibli por parte de ChatGPT vulnera los derechos de autor de Miyazaki?

"La obra concreta -como una ilustración específica de un personaje o una secuencia animada- puede estar protegida, pero el estilo gráfico o estético general no recibe protección en sí mismo, salvo que se materialice en una creación con suficiente nivel de originalidad", explica el abogado.

Podría haber protección, por ejemplo, "si alguien reproduce directamente una imagen original de un personaje de Ghibli o de Disney, porque esa imagen es una obra artística determinada. Pero el uso de un estilo visual similar, sin copiar directamente ninguna obra, no constituye infracción por sí mismo".

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El estilo de las princesas de Disney también es reproducido con Inteligencia Artificial.

El estilo de las princesas de Disney también es reproducido con Inteligencia Artificial.

¿Quién es el "dueño" de las imágenes o textos generados por ChatGPT?

¿Es Open IA el dueño de lo que genera ChatGPT? "Hoy por hoy, ni la legislación argentina ni los principales tratados internacionales reconocen la posibilidad de que una inteligencia artificial sea titular de derechos de autor", aclara Páez ante la consulta de la periodista.

Las normas están estructuradas sobre la base de un principio rector: la autoría solo puede corresponder a una persona humana, ya que implica un acto creativo consciente, con intención expresiva.

Entonces, según sostienen la doctrina, la jurisprudencia reciente u organismos como la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos, "los contenidos generados de manera autónoma por sistemas como ChatGPT o Midjourney no son protegidos por el derecho de autor, salvo que exista una intervención humana suficientemente creativa que permita atribuir autoría a la persona que utilizó la herramienta", señala el abogado.

Debate abierto: la crisis de la propiedad intelectual por la IA y el caso New York Times

¿Estamos ante el final de la propiedad intelectual?

Las opiniones son diversas. El juez supremo Mario Adaro entiende que los "derechos de autor y su monetización están en crisis". En cambio, desde la consultora Impulse de la que es socio Valentín Páez, consideran que, "hablar de una crisis de la propiedad intelectual puede resultar excesivo".

Ambos coinciden en que es tiempo de repensar el sistema de protección, de modernizarlo, aclararlo y volverlo más accesible tanto para quienes crean obras como para los que usan obras ajenas.

"Estamos frente a un momento bisagra; un proceso de propiedad intelectual distinta", dice Adaro en charla con Diario UNO.

Así como en la antigüedad surgieron los derechos de autor para sostener el arte. Y luego fueron desafiados con la irrupción de las máquinas en el siglo XX; hoy, la inteligencia artificial despierta nuevos desafíos y, por qué no, la necesidad de una reforma.

Para Adaro, será clave en este proceso la sentencia del caso New York Times vs ChatGPT.

El diario estadounidense demandó a Open IA en 2023 por la utilización de su base de datos (notas protegidas por derechos de autor) para entrenar al ChatGPT sin su consentimiento. "Se construyeron datos nuevos en base a datos anteriores. ¿ChatGPT tiene que pagar por haber usado y usar aquella base de datos?", se pregunta Adaro. La justicia norteamericana será quien lo defina marcando, quizás, un antes y un después en la discusión.

"La propiedad intelectual cruje en base a cómo un humano interactúa con la máquina", concluye Adaro. ¿Es la máquina la que crea? ¿Es el resultado una creación? ¿Open IA tiene que pagar derechos? Y si son creaciones, ¿cómo se monetiza?.

Todo ello está en debate. Así como en su momento lo estuvieron las plataformas de música como Spotify y su relación con las discográficas.

"Lo que está en crisis con los derechos de autor y su monetización. Y en ese proceso, todo dependerá de acuerdos internacionales. Tal vez -piensa en voz alta Adaro-, haya que buscar otras maneras de proteger la cultura".

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El juez plantea repensar, por ejemplo, el plazo de protección de una obra, que hoy se extiende hasta 70 años después de la muerte del autor.

Desde Impulse no comparten esa visión: "Más que una reforma de fondo que cuestione la lógica del sistema, lo que parece necesario hoy es una actualización técnica y conceptual de algunas normas que ya no se adaptan con precisión a los desafíos actuales".

El régimen de derechos de autor ha demostrado una enorme capacidad para absorber nuevas formas de creación, opina. Sí, claro, entiende que muchas veces la técnica legislativa queda rezagada respecto de la práctica y se generan zonas grises o vacíos legales que terminan poniendo la pelota del lado de los jueces.

"En este contexto -dice el abogado-, la irrupción de la inteligencia artificial generativa ofrece una oportunidad valiosa no solo para resolver cuestiones puntuales -como la determinación de autoría en obras generadas por IA-, sino también para revisar aspectos más amplios del sistema".

No le parece razonable, como se pregunta Adaro, "proponer una reducción generalizada del plazo de protección". Pero sí, una reforma que tenga en cuenta los desafíos actuales: "La circulación masiva de contenidos, las nuevas formas de infracción y el debilitamiento de los medios de defensa efectivos".

El desafío de hoy: el ChatGPT y la IA generativa

Como recordaba Adaro, cada avance tecnológico generó la necesidad de ajustes normativos y nuevos criterios interpretativos en materia de derechos de autor.

Pero ahora la IA generativa representa un desafío mayor, ya que permite obtener resultados con poca o nula participación humana, agrega Páez.

La comunidad jurídica internacional analiza respuestas y debate en varios frentes.

Como dice el consultor Valentín Páez: "¿Qué protección podría corresponderle a las producciones generadas por IA como ChatGPT?". Y al mismo tiempo, "¿cómo mejoramos los mecanismos de control y defensa de los derechos en el entorno digital?”.