Reglamentación

ARCA definió los productos que no pueden ingresar a Argentina desde Chile en enero del 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) consignó qué productos no se pueden ingresar a Argentina desde Chile

En los últimos días, miles de argentinos cruzaron a Chile con la idea de tomarse unos días de vacaciones y también con el objetivo de comprar algunos elementos que se encuentran más baratos en el vecino país. Para eso, deberán tener en cuenta las definiciones de ARCA.

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Cuáles productos prohíbe ARCA traer desde Chile

Son varios los elementos o productos que se pueden comprar en Chile y que el personal de ARCA no va a dejar pasar en Aduana. Estos son:

  • Armas y explosivos (excepto con autorización previa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, ANMAC).
  • Sustancias estupefacientes.
  • Objetos de valor arqueológico o cultural.
  • Mercadería destinada a usos comerciales o industriales.
  • Electrodomésticos de línea blanca
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Los artículos que se pueden pasar desde Chile sin impuestos

Asimismo, desde ARCA también dieron a conocer cuáles son los elementos, productos o mercaderías que se pueden adquirir en Chile y por los que no es necesario pagar impuestos al momento de pasar a Argentina. Estos son:

  • Un teléfono celular
  • Una notebook o tablet por persona.
  • Objetos de uso personal
  • Ropa (siempre y cuando sea para uso personal)
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ARCA dispuso el valor máximo para ingresar mercadería

En cuanto a los productos que se pueden ingresar, pero que deben ser declarados, ARCA dio a conocer cuál es el límite que se debe gastar, según el medio de transporte que se utilice:

  • Por vía aérea o marítima: se puede gastar hasta 500 dólares por persona, con una franquicia adicional de 500 dólares para compras realizadas en free shops. En el caso de menores de 16 años no emancipados, el límite se reduce a 250 dólares.
  • Por vía terrestre o fluvial: Se pueden gastar hasta 300 dólares por persona. Para menores de 16 años no emancipados, el monto permitido es de 150 dólares.

En el caso de que se exceda la franquicia, ARCA ha mantenido que se debe pagar un arancel que equivale al 50% del monto excedido. Por ejemplo, si una persona ingresara por vía terrestre y gastó 500 dólares, entonces el excedente es de 200 dólares y, por lo tanto, el arancel será de 100 dólares.

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