Quedó en suspenso

Un juez frenó la resolución de Caputo que prohibía a los municipios cobrar tasas en boletas de servicios

El municipio de Pilar, en Buenos Aires, logró una medida cautelar interina de la Justicia hasta que se resuelva si es constitucional o no la reglamentación

Por UNO

A raíz de un reclamo del municipio de Pilar, en Buenos Aires, un juez federal suspendió la resolución del Gobierno Nacional que prohíbe a los municipios cobrar tasas en las boletas de los servicios como la luz y el gas. Esta medida cautelar podría extenderse al resto del país hasta tanto se decida si es constitucional o no.

Así las cosas, Pilar podrá aplicar una tasa municipal en las boletas de electricidad de Edenor y de gas de Naturgy BAN. En tanto, el Ministerio de Economía deberá hacer una informe sobre su posición oficial en los próximos cinco días hábiles, de acuerdo a la resolución judicial.

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El gobierno nacional quiere prohibir que los municipios apliquen tasas en las boletas de los servicios como la luz y el gas.

El gobierno nacional quiere prohibir que los municipios apliquen tasas en las boletas de los servicios como la luz y el gas.

Bajo la intendencia del peronista Federico Achával, el municipio de Pilar promovió una acción de amparo contra el Ministerio de Economía de la Nación -Secretaría de Industria y Comercio-, solicitando la inconstitucionalidad de la Resolución N° 267/2024 "por causar un gravamen irreparable a los derechos constitucionales del municipio", según el documento.

Y en este sentido pidió el dictado de una medida cautelar suspensiva. Tras la respuesta favorable de la Justicia, el municipio de Pilar podrá percibir la Tasa de Servicios Generales (antes Tasa Municipal de Alumbrado Público), incorporando la misma a la boleta individual emitida por Edenor S.A.; y la Tasa por Vigilancia, Inspección y Desarrollo de Emprendimientos para la Provisión del Servicio Público de Gas por Redes, incluyendo a la misma en la boleta individual emitida por Naturgy BAN S.A.

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Reclamaron por la potestad recaudatoria de los municipios

“La intromisión en el ámbito local de una resolución emanada de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, claramente atenta contra el derecho de propiedad del municipio violentando su autonomía en lo que respecta a la potestad recaudatoria”, expresó en un comunicado la comuna bonaerense de Pilar.

El juez González Charbay resolvió que es verosímil el reclamo, y sostuvo que la autonomía municipal está prevista en la Constitución Nacional, aunque no es absoluta y tiene un límite fijado por cada provincia. En este caso, la de Buenos Aires “autoriza a los municipios a dictar ordenanzas y reglamentos, dentro de las atribuciones que le confiere, y a votar anualmente su presupuesto y los recursos para costearlo".

Las ordenanzas municipales de Pilar establecieron el cobro de esas tasas en la factura de gas y una ley provincial permitió cobrar la tasa de alumbrado en la boleta de Edenor. Y los fondos se aplican “a sostener y mantener el alumbrado público, y el servicio eléctrico” y “el costo de las inspecciones efectuadas a las redes de circulación y suministro de gas natural, cuyo mantenimiento y buen estado resulta esencial dada su peligrosidad”, reconoció el magistrado federal.

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El peronista Federico Achával es el intendente de Pilar, provincia de Buenos Aires, que reclamó ante la Justicia y ganó la primera pulseada.

El peronista Federico Achával es el intendente de Pilar, provincia de Buenos Aires, que reclamó ante la Justicia y ganó la primera pulseada.

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Y consideró que si se prohíbe cobrar, se afectarían los servicios municipales, por lo cual dictó una medida cautelar interina suspendiendo la norma del Gobierno nacional.

El ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, había anunciado hace una semana que los municipios de todo el país no podrán incluir impuestos y tasas en las facturas de servicios que envían a los usuarios.