Cambios en Mendoza

Remises, Uber y Cabify podrán ingresar sin restricciones a paradas de taxis de todos los aeropuertos del país

El nuevo decreto le permite a Uber y Cabify el acceso sin restricciones. También se desreguló el transporte larga distancia

Así lo estableció en el Artículo 19 de la desregulación del transporte donde establece que "en los espacios de acceso público de todos los puertos, aeropuertos y aeródromos nacionales podrán ingresar para el ascenso y descenso de pasajeros y su transporte hacia cualquier destino servicios de alquiler con taxímetros habilitados en cualquier jurisdicción y los vehículos de cualquier tipo de empresa prestadora del servicio de transporte automotor de pasajeros, sean estos contratados de manera tradicional o mediante la utilización de plataformas digitales".

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El texto agrega que "la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Prefectura Naval Argentina, por ser las autoridades encargadas de la seguridad y del orden dentro de las jurisdicciones de los aeropuertos y los puertos, deben ser las responsables de garantizar el acceso y la seguridad de los prestadores de los servicios involucrados en el presente".

De esa manera, si bien las plataformas podían operar en el Aeropuerto de Mendoza, tenían un lugar específico para dejar a los pasajeros. Ahora esto permite que puedan tener acceso al mismo lugar que los taxis sin restricciones.
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Cambios en el transporte de pasajeros de larga distancia

El gobierno nacional publicó este lunes en el Boletín Oficial el decreto por el cual se desregulan los servicios del Transporte Automotor de Pasajeros de media y larga distancia, informaron fuentes oficiales, lo que producirá cambios en el corto plazo para los usuarios de micros y ómnibus.

La medida, explicaron, generará "beneficios para todos los actores del sector", como la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros. Impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, la nueva norma reemplaza a la actual, que tiene más de 30 años de antigüedad.

A partir de esta norma se podrá establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios, e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva, lo que generará una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiará tanto al usuario como a las empresas y transportistas.

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A su vez, tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.

Decreto Transporte Automotor.pdf

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