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Por otra parte se detalló que “se elimina la certificación de obras para la exportación para obras de artistas con más de 50 años de fallecidos para los que se requería una Licencia de Exportación que otorgaba al Estado Nacional o a terceros residentes una opción de preferencia en la compra de las obras afectando el derecho de propiedad para los dueños de dichas obras".
Menos burocracia para las obras de arte
Según Desregulación el trámite que le daba la opción de compra al Estado nacional “demandaba hasta 16 firmas” y según detalla la comunicación “decenas de miles de artistas y galeristas tuvieron que hacer este trámite en los últimos 30 años, sin embargo, ni el Estado ni ningún privado nunca ejerció esa opción”.
“La obligación de darle la opción de compra al Estado, a su vez, era un disuasivo a la conformación de colecciones de arte en el país. Importar una obra era equivalente a perder el derecho de venderla ya que nunca se sabía si el Estado ejercería su derecho y a qué precio”.
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Los requisitos
La nueva disposición excluye del cambio a las obras que constituyen patrimonio cultural de la Nación.
Desde ahora y a los fines de la determinación de la legitimidad de la exportación solo será requerido completar un formulario en el aeropuerto, el que podrá completarse en cualquier horario.
“Antes, la exportación de obras de arte necesitaba de trámites en aduana que se podían hacer solo a determinadas horas”, precisaron.
Además se elimina el comité otorgante de las licencias de exportación lo cual reduce la burocracia.