Respaldo de la Legislatura

Las billeteras virtuales de los menores ahora podrán ser controladas por sus padres

El Senado convirtió en ley el proyecto que obliga a las firmas que proveen billeteras virtuales a garantizar el acceso de los padres a las cuentas de menores

Por UNO

Menos de una semana después de que Diputados aprobara la incorporación de una normativa a la Ley de Defensa del Consumidor, Senadores avaló lo actuado por la Cámara Alta y ya es ley la obligación de proveedores de billeteras virtuales de garantizar el acceso a las cuentas cuando se trata de menores de edad.

La sanción definitiva a la modificación de la Ley de Defensa del Consumidor se dio este martes y concretamente establece que los proveedores de servicios financieros como billeteras virtuales deben garantizar el acceso de los adultos responsables a los movimientos, consumos e inversiones realizados por sus hijos menores de edad a través de cuentas digitales.

La aprobación de este proyecto que impulsó el senador peronista Félix González se relaciona con el debate instalado en los últimos días respecto del crecimiento de las apuestas online por parte de menores de edad.

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El senador justicialista Félix González fue el autor de la iniciativa para que los proveedores de billeteras virtuales garanticen que las cuentas de los menores puedan ser controladas por los padres.

El senador justicialista Félix González fue el autor de la iniciativa para que los proveedores de billeteras virtuales garanticen que las cuentas de los menores puedan ser controladas por los padres.

Los proveedores de billeteras virtuales están obligados a garantizar a los padres el control de las billeteras virtuales

La Cámara de Senadores le otorgó sanción definitiva al proyecto de ley que incorpora un artículo a la Ley de Defensa del Consumidor. Se trata de un instrumento legal para que padres y tutores puedan controlar los movimientos financieros realizados por sus hijos menores de edad a través de billeteras virtuales. Al ser ratificada por ambas cámaras, la propuesta pasó al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Lo que se pretende con esta norma es regular el creciente uso de plataformas digitales de pago por parte de adolescentes, quienes a partir de los 13 años ya pueden acceder a cuentas en diversas aplicaciones financieras, sobre todo las de apuestas online.

El nuevo artículo establece que, en los casos en que la relación de consumo incluya como responsable de la cuenta a un adulto, las plataformas deberán permitirle el acceso irrestricto a toda la información sobre consumos, movimientos de dinero, transferencias e inversiones que se realicen desde y hacia la cuenta. Además, deberá habilitarse la opción de cierre de la cuenta por parte del adulto responsable, sin necesidad de la intervención del menor.

En los fundamentos del proyecto se citan datos de la consultora Kantar Insights, que revelan una expansión significativa del uso de billeteras digitales en Argentina.

En 2024, 75% de los adultos ya las utiliza y 73% posee dos o más aplicaciones de este tipo, lo que evidencia un avance sostenido de estas herramientas en el ecosistema financiero nacional.

Este crecimiento llevó a muchas billeteras virtuales a ofrecer servicios destinados a menores de edad. Sin embargo, las condiciones de uso impiden que los padres o tutores puedan visualizar los movimientos financieros de sus hijos, o incluso cerrar la cuenta, pese a figurar como responsables. Esta situación plantea un vacío legal que la nueva norma viene a subsanar.

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