El titular de la Dirección General de Escuelas (DGE) aclaró que un convenio con la Justicia permite cruzar los datos del docente y verificar sus antecedentes penales en un procedimiento muy sencillo: "La directora de la escuela envía un e-mail a la dirección de línea (de primario, secundario o superior) con los datos del maestro o profesor y esta le devuelve la información si hay algún tipo de inhabilitación por los delitos que están contenidos en Ficha Limpia".
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El ministro de Educación Tadeo García Zalazar al momento de la presentación de la Ley de Ficha Limpia en la Legislatura. Fue aprobada en 2024, luego de un grave caso de un docente de Guaymallén denunciado por abuso sexual a sus alumnos. El maestro ya tenía antecedentes previos que no fueron advertidos.
En tal sentido, admitió: "Todas las semanas se detectan casos de nuevos docentes que quieren ingresar al sistema y se caen por la detección de antecedentes o malos informes de desempeño, son entre 1 y 2, por lo que el sistema está funcionando como corresponde".
El gravísimo caso grave de abuso que cambió el sistema
El sistema de Ficha Limpia surgió a través de una ley que permite cruzar datos del docente con la base del Poder Judicial de Mendoza para verificar si posee antecedentes penales o algún tipo de inhabilidad. También puede ser que haya un informe negativo de su desempeño por una suplencia anterior y se bloquea en el sistema GEI.
El antecedente del maestro de grado Hugo Oyola Amaya (59) denunciado en octubre del año pasado por manosear a niñas de 10 años fue el disparador para controles eficaces. Oyola Amaya fue detenido en la escuela pública 1-482 Tomás Alva Edison, donde estaba haciendo una suplencia.
Se supo después que tenía una condena en suspenso por abuso sexual simple ocurrido en la escuela Batalla del Pilar, en Godoy Cruz.
Hasta la Ley de Ficha Limpia, ahora el aspirante pasa por el filtro de la base datos del Poder Judicial, muchos no presentaban en tiempo y forma el certificado de antecedentes penales o era apócrifo.
La norma excluye para ejercer la docencia a aquellos maestros que estén vinculados o hayan sido condenados por corrupción de menores, tráfico de material de abuso infantil, explotación sexual, exhibiciones obscenas, privación de la libertad con todos los agravantes previstos en el caso de ser las víctimas menores de edad, grooming, acoso digital.
La exclusión es por vida para ejercer la docencia. Estas limitaciones y sanciones serán aplicables también a no docentes, administrativos y celadores de escuelas públicas y privadas de la provincia.