José Valerio Nihuil.jpg
El juez Valerio votó en disidencia parcial pero avaló el retiro de los celulares de las cárceles de Mendoza.
► TE PUEDE INTERESAR: La rectora de la UNCuyo desmintió cinco "mitos" sobre la universidad pública
"Se intervino a modo de Cámara de Apelaciones y no como Suprema Corte de Justicia frente a 3 planteos presentados por la ONG Asociación Civil Verdad y Justicia, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de la Defensa Pública" "Se intervino a modo de Cámara de Apelaciones y no como Suprema Corte de Justicia frente a 3 planteos presentados por la ONG Asociación Civil Verdad y Justicia, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de la Defensa Pública"
Fue, en todos los casos, contra la sentencia del juez Sebastián Sarmiento, que en enero último dispuso el retiro de celulares -excepto a las mujeres presas- por finalización de la pandemia y del aislamiento social que impidió las visitas, además de la instalación de telefonía semipública en los penales de Mendoza para que los internos se mantengan contactados con el mundo exterior.
Valerio apoyó parcialmente el fallo del presidente de la Corte, Dalmiro Garay, que también fue avalado por Teresa Day. Los tres dejaron firme la decisión de Sarmiento con este fallo por mayoría.
Celulares en las cárceles: qué dijo el juez en disidencia parcial
"Los recursos de apelación planteados por el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa y Pupilar y la Asociación Civil Verdad y Justicia debieronser remitidos al Tribunal Penal Colegiado correspondiente a fin de su tratamiento en el marco del procedimiento previsto por la ley nacional 23.098" "Los recursos de apelación planteados por el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa y Pupilar y la Asociación Civil Verdad y Justicia debieronser remitidos al Tribunal Penal Colegiado correspondiente a fin de su tratamiento en el marco del procedimiento previsto por la ley nacional 23.098"
"De haberse respetado el procedimiento expresamente previsto por el legislador y la competencia referida más arriba, esta Suprema Corte de Justicia podría eventualmente revisar, como Tribunal Superior en instancia casatoria, la decisión del Tribunal Penal Colegiado en función de apelaciones"
► TE PUEDE INTERESAR: Fuga y detención en pleno centro tras un intento de robo en una joyería
Celulares en las cárceles: la postura de la Corte
"La utilización de telefonía móvil particular por parte de las personas privadas de su libertad no es la única manera que tienen éstas de mantener contacto con el mundo exterior, como, por ejemplo, a través de un régimen de visitas adecuado o el uso de modernos medios tecnológicos"
"Es competencia del Servicio Penitenciario, en uso de sus facultades reglamentarias y sin contradecir las disposiciones legales vigentes, reglamentar el uso de medios de comunicación para el contacto con el mundo exterior", sumaron desde la Corte.
"El derecho a la comunicación se puede asegurar más allá del uso particular de telefonía móvil, especialmente a través de modernos medios tecnológicos", concluyeron.