Comerciantes y restaurantes excluídos del pago de la Propiedad Intelectual
►TE PUEDE INTERESAR: Ya no se le pagará a SADAIC en eventos privados y ajustarán las regulaciones por derechos de autor en Internet
"Lo destacable de esta resolución, es la redefinición del concepto de representación o ejecución pública, que surge del art 36 de la Ley 11723 de Propiedad Intelectual y protección de derecho de autor (fundamento de los aranceles). En consecuencia, hoy se entiende por aquella que se efectúa -cualquiera que fueren los fines de “la misma”- en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas, y que no existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado", advierte el comunicado y agrega: "Sea este de ocupación permanente o temporal, ya sea ésta una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet".
Comercios Centro de Mendoza (17).jpeg
Comerciantes y empresarios gastronómicos piden quedar exentos de los tributos a SADAIC y a AADI CAPIF.
Foto: Cristián Lozano /Diario UNO
Por tal razón CECITyS, "consideramos que debe ser extensivo su beneficio al sector del comercio, servicios, confiterías y restaurantes. Creemos que todos los espacios privados que utilizan música ambiental deben tener la libertad de hacerlo sin incurrir en costos adicionales. La ambientación musical no solo beneficia a los clientes, sino que también crea un ambiente más cómodo y productivo para el personal, con el derecho de escuchar radio para mantenerse informados o simplemente para armonizar el espacio, que el hecho de que los locales cuenten con música no significa que tengan una mayor venta, es decir un beneficio adicional, a costa de un intérprete que deba ser arancelado".
No hay una tarifa definida para el pago de Sadaic
El titular de la CECiTyS, Adrián Alín argumentó que "la música ambiental, como los comercios que tienen puesta la radio lo están haciendo en el ámbito privado y no con fines comerciales como si fuera un local bailable. No corresponde que nos sigan cobrando por esto. Además no hay un tarifario uniforme".
►TE PUEDE INTERESAR: Saloneros dicen que Sadaic los intimó a pagar deudas millonarias pese al decreto que los exime
En otro de los párrafos del comunicado destacaron: "Nuestra institución viene solicitando desde la década del 90 en adelante la eliminación de este impuesto extorsivo, generador de la industria del juicio, en donde se prohíbe la libertad de estar informados y de escuchar música, este debate también se da en la doble imposición que este sector cobra, porque también desde aquellos años donde existía “musicana” un servicio con canales de música que se colocaban en los establecimientos, los cuales también se les olvidaba pagar este impuesto y en donde se detecta nuevamente la doble imposición dado que a Sadaic y Aadi Capif le cobran a los servicios musicales, medios, radio, spotify, televisión y demás, esto es el mismo caso que denunciamos cuando nuestros colaboradores o dueños escuchan a través de la radio".
Por último, en la posición de la cámara de comercio se enfatiza: "Los comercios y servicios no soportan más este tipo de industria del juicio ni valores agregados a nuestra estructura de costo, los cuales no se pueden absorber y se ven reflejados en el consumidor final, por lo dicho es que solicitamos que se incorpore a esta resolución los sectores antes mencionados".