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El juez Ricardo Lorenzetti dejó firme el fallo de la Corte de Mendoza contra mapuches de San Rafael.
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Los mapuches se atribuyeron derecho de posesión ancestral
La comunidad mapuche Lof El Sosneado y Nilda Edith Verón se atribuyeron derecho de posesión de las 3.500 hectáreas sanrafaelinas esgrimiendo argumentos “comunitarios y ancestrales".
Sominar S.A. se presentó ante la Justicia de Mendoza -del fuero Civil- y demostró ser dueña de tamaña superficie con documentación registral fechada en 1942.
Luego, admitió haberla arrendado desde 1980 a Quintín Verón, padre de la integrante de la comunidad mapuche Lof El Sosneado, quien pagó regularmente el canon fijado cada mes.
Tiempo después de la muerte de Quintín Verón, ocurrida en 2007, su hija -que ya había dejado de pagar la mensualidad pactada en concepto de alquiler- reclamó la posesión de los terrenos alegando derechos ancestrales vinculados a los mapuches.
El caso de los mapuches en la Justicia de Mendoza
El caso pasó por la primera y la segunda instancias del fuero Civil y Comercial hasta que llegó a la Corte de Mendoza.
En septiembre de 2024, el máximo tribunal de justicia de la provincia resolvió en favor de Sominar S.A. y ordenó el desalojo de los terrenos.
Frente a esta decisión, la comunidad mapuche Lof El Sosneado acudió a la Corte nacional, que se pronunció esta semana con el rechazo del planteo.