La Suprema Corte de Justicia le dio la razón a un ingeniero agrónomo de Chacras de Coria que ve con un solo ojo desde los 7 años y ordenó anular un decreto de la Municipalidad de Luján que le impidió renovar la licencia clase A para conducir motocicletas, algo que le estuvo permitido desde los 18 años y durante los últimos 32.

La resolución de los supremos Omar Palermo y Mario Daniel Adaro respondió al planteo que Mark Singleton Mayne -también fabricante de whisky- hizo en los Tribunales en 2022 tras la negativa de Luján, en noviembre de 2021, a renovarle el carnet de manejo para motocicletas por tener visión monocular y la imposibilidad de adaptar el vehículo a su condición.

Los dos jueces de la Suprema Corte de Justicia coincidieron en que Luján también deberá "promover ajustes razonables dirigidos a evaluar, en una instancia técnica, la adaptación adecuada del vehículo (de Mark Singleton Mayne), considerando tanto su propuesta como así también otras posibilidades que estime convenientes y necesarias, de acuerdo con su visión monocular, con las circunstancias del caso y teniendo en cuenta los fines de la seguridad vial".

Es que el ingeniero ya había ofrecido adaptar parte de su motocicleta con la colocación de accesorios visuales. Pero Luján se lo rechazó.

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El caso en la Suprema Corte: a los 7 años perdió un ojo y tuvo carnet durante 32 años

Mark Singleton Mayne contó su caso en la Suprema Corte de Justicia a través de una Acción Procesal Administrativa. Tiene 54 años y a los 7 perdió el ojo derecho. Un golpe le causó el desprendimiento de la retina y Tisis, la atrofia del globo ocular que causa su pérdida de volumen y -en su caso- nula visión.

A los 18 obtuvo sin problemas el primer carnet de conducir para automotores y motocicletas. Cada renovación fue exitosa. "Nunca su visión monocular fue un obstáculo", dijo su abogado en la Sala II de la Suprema Corte de Justicia.

Hasta que en 2021, Luján se lo negó "de manera ilógica, ilegítima e intempestiva (...) sin otro argumento que una norma que en su caso es inconstitucional".

La comuna de Luján le había argumentado que "quien posee visión monocular necesita una adaptación al vehículo que resulta imposible poder incorporar a una motocicleta, según el Decreto 779/09. Son dos los motivos del rechazo: (1) tener visión monocular y (2) la imposibilidad de adaptación del vehículo".

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Mario Adaro y Omar Palermo, ministros de la Suprema Corte de Justicia.

Mario Adaro y Omar Palermo, ministros de la Suprema Corte de Justicia.

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Qué dijo un médico oftalmólogo en la Suprema Corte de Justicia

Una de las pruebas analizadas en el expediente es el informe efectuado por el médico oftalmólogo Elio Eduardo Páez, en el que expone de acuerdo a los hallazgos observados y descriptos en el examen realizado a Mark Singleton Mayne. Estos son los aspectos salientes:

1) Presenta visión monocular con agudeza visual de 10/10 sin corrección en su ojo sano (ojo izquierdo)

2) El examen oftalmológico realizado en su ojo sano es normal, no presentando alteraciones orgánicas ni funcionales en el mismo

3) El test de visión cromática es normal en su ojo sano

4) En la actualidad no sufre ni tiene antecedentes de enfermedades de orden físico ni neurológicas

5) No sufre ni presenta antecedentes de afecciones auditivas

6) Por haber perdido la visión de su ojo derecho a la temprana edad de 7 años, se encuentra completamente adaptado a la visión monocular para el desarrollo de sus actividades cotidianas y laborales, como así también se destaca que desde los 18 años ha sacado y renovado en forma regular e ininterrumpida la licencia de conducir de automóviles como así también de motocicletas