Medidas clave para proteger a los trabajadores
Las ausencias laborales quedan justificadas en múltiples situaciones. Los trabajadores pueden permanecer en sus hogares si el desplazamiento resulta peligroso o si necesitan atender emergencias familiares. El teletrabajo se establece como opción prioritaria, mientras que los problemas de conexión o el cierre de servicios públicos constituyen motivos válidos para no presentarse al puesto laboral.
La Inspección de Trabajo reforzó su presencia para garantizar el cumplimiento de estas medidas. Las empresas que obligan a sus empleados a presentarse en situaciones de riesgo enfrentarán consecuencias. Los trabajadores pueden realizar denuncias por vía telemática ante irregularidades.
Protección económica y facilidades para empresas
Los ERTE por fuerza mayor se activaron con características especiales. Las empresas reciben una compensación del 100% en las cuotas de la Seguridad Social, mientras que los trabajadores mantienen importantes garantías: el tiempo en ERTE no resta prestaciones futuras por desempleo y no se requiere periodo previo de cotización.
Para el sector autónomo se habilitó la prestación por cese de actividad con condiciones flexibles. Esta ayuda no exige el periodo habitual de cotización de 12 meses y los días utilizados por la DANA se consideran cotizados sin consumir prestaciones futuras.
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El plan MECUIDA regresa como herramienta para facilitar la conciliación, permitiendo reducir la jornada laboral hasta cero horas cuando resulte necesario. Las empleadas del hogar también reciben protección específica si sus contratos se ven afectados por la catástrofe.
Todas estas medidas tienen carácter retroactivo desde el 29 de octubre, fecha en que comenzaron las inundaciones. Los permisos retribuidos implementados no requieren recuperación posterior de las horas, marcando una diferencia respecto a medidas similares aplicadas durante la pandemia.