Superintendencia de Seguros

El Gobierno sancionó a 7 empresas de seguros por distintas irregularidades

Falta de presentación de balances hasta el detalle de sus inversiones motivaron las sanciones. Cuándo cabe una multa o la suspensión de las compañías de seguros

El Gobierno, vía Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) aplicó sanciones a 7 compañías por irregularidades en su accionar. Sobre todo, faltas relacionadas a los balances financieros y hasta con el manejo de inversiones.

A través de distintas resoluciones, el titular de la SSN, Guillermo Plate, puso en la mira a las aseguradoras al considerar que la falta de documentación de rigor presentada en tiempo y forma ponen en duda su capacidad técnica y financiera.

Las empresas sancionadas son Instituto Asegurador Mercantil; Compañía de Seguros Latitud Sur S.A.; Tutelar Seguros S.A.; La Equidad Social; Providencia Compañía de Seguros; Aseguradora del Finisterre; y ART Mutual Rural de Seguros de Riesgos de Trabajo Ltda.

El tenor de las medidas alterna llamados de atención con apercibimientos en los casos más serios. Son parte de una escala de sanciones que en caso de reincidencia también contempla multas económicas y hasta suspensión por 3 meses.

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Imagen ilustrativa

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Las irregularidades por las que sancionaron a las empresas de seguros

La mayoría de las compañías observadas recibieron un "llamado de atención", en primera instancia. Sólo 2 fueron pasibles de apercibimiento, estadío previo a la multa económica, según establece la ley 20.091.

Hubo coincidencias en las causas: 6 de las 7 aseguradoras no presentaron los últimos balances financieros del ejercicio 2024, o lo hicieron de manera "extemporánea", es decir, mucho más tarde de lo permitido.

La normativa contempla un plazo de hasta 45 días corridos desde el cierre de los balances. En algunos casos, los vencidos al 30 de setiembre se presentaron sobre el filo del fin de un año marcado por algunos cambios para las compañías de seguros.

Sólo una aseguradora fue advertida por incumplir con el informe mensual que exije la SSN acerca de la administración del patrimonio. Esto es, un detalle del stock de inversiones, que incluye depósitos a plazo fijo y cheques de pago diferido.

Sanciones por ley para compañías de seguros

La ley 20.091, sancionada en 1973, regula los derechos y obligaciones de las compañías de seguros en el país. Y en caso de uno o varios incumplimientos, fija las sanciones correspondientes.

"Cuando un asegurador infrinja las disposiciones de esta ley o las reglamentaciones previstas en ella o no cumpla con las medidas dispuestas en su consecuencia por la autoridad del control, y de ello resulte el ejercicio anormal de la actividad aseguradora o una disminución de la capacidad económico-financiera del asegurador o un obstáculo real a la fiscalización, será pasible de sanciones", reza el artículo 9 de la norma.

La aplicación de las sanciones, según el marco regulatorio, "se graduarán razonablemente según la conducta del asegurador, la gravedad y la reincidencia". Por eso, la escala determina un orden:

a) Llamado de atención;

b) Apercibimiento;

c) Multa

d) Suspensión hasta de tres (3) meses para operar en una o más ramas autorizadas o revocación de la autorización para operar como asegurador, si determina incapacidad técnica o financiera para hacerlo.

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