Otro criterio de clasificación

ARCA cambió el método de control a las grandes empresas

Habrá nuevos parámetros para fiscalizar a grandes contribuyentes, como impuestos. ARCA también estableció que habrá una "incorporación automática" cada 2 años

Por UNO

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el mecanismo de clasificación de grandes contribuyentes. El cambio promete "garantizar" que las empresas de mayor tamaño cumplan con sus obligaciones tributarias.

Según informó el organismo, la medida dada a conocer éste lunes a través de la Resolución General 5670/2025 representa una "actualización integral del régimen, con una visión basada en datos". Y deroga normas que habían caído en desuso.

La Dirección General Impositiva (DGI) definirá la lista de grandes contribuyentes. Así, la nueva normativa establece que la nómina en todas las jurisdicciones del país tendrán un tratamiento centralizado de controles y servicios.

Cambios para grandes contribuyentes: qué dispuso ARCA

A partir de la nueva normativa, se modifican los criterios de segmentación.

"Hasta ahora, la selección de contribuyentes se realizaba con criterios generales, sin precisar públicamente los parámetros utilizados. Ahora se establecen criterios objetivos y explícitos", señalaron desde ARCA al respecto.

Algunos criterios incluyen los impuestos activos que tributan las empresas, las declaraciones juradas presentadas y volumen de ventas y/o exportaciones.

Tambiénmovimientos de fondos y divisas, la tenencia de bienes y vinculaciones societarias y comerciales.

Qué se consideran grandes empresas: criterio de revisión

Antes, según ARCA, no había una frecuencia clara para revisar la nómina de grandes contribuyentes. Ni tampoco una "incorporación automática", como la que quedó establecida hacia adelante.

Por eso, parte del cambio en la forma de control incluye una revisión cada 2 años de la lista. Y hasta 10% de incorporaciones excepcionales (hasta un 10%) en caso justificado.

En cuanto a los grandes contribuyentes o empresas que serán sujetos obligados están quienes deben presentar el “Informe país por país”; quienes celebren acuerdos de Determinación Conjunta de Precios de Transferencia.

Del mismo modo, contribuyentes de sectores económicos complejos y los “Vehículos de Proyecto Único (VPU)” aprobados en el marco del RIGI y sociedades constituidas para integrarlos.

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